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Resultado provisional de la votación

Voto ponderado

El voto para la elección de rector será ponderado de acuerdo con los porcentajes que se indican para los distintos sectores y subsectores de la comunidad universitaria:

Coeficiente de ponderación

1º) Efectuado el escrutinio de votos, la Junta Electoral de la Universidad determinará, en primer lugar, los coeficientes de ponderación aplicables. El coeficiente de ponderación de cada sector o subsector es el cociente entre el porcentaje del sector o subsector, descrito anteriormente, y el número total de votos válidamente admitidos a candidatura/candidatos en cada sector o subsector.
2º) Se determinará el porcentaje de votos ponderados de cada candidato en cada uno de los sectores o subsectores que se hallará multiplicando el número de votos obtenido por cada candidato por el coeficiente de ponderación del sector o subsector. En esta última operación re realizará la aproximación a la milésima.
3º) La suma de las cantidades resultantes en cada uno de los sectores o subsectores determinará el porcentaje de votos ponderados obtenido por el candidato.
4º) La Junta Electoral deberá extender el acta con los resultados provisionales de este escrutinio general y de la aplicación de los coeficientes de ponderación, que deberá ser suscrita por los miembros de la Junta Electoral y, en su caso, por los representantes de los candidatos ante la Junta Electoral.